Procedimiento legal para elección y nombramiento de la Alcaldía

Este sábado 15 de junio a las 12 horas va a tener lugar en el Ayuntamiento de Carreño, y en los de toda España, la sesión de constitución de la nueva corporación. Dentro de esta sesión de constitución de la Corporación se procede también a la elección de Alcaldesa o Alcalde.

Según lo reglamentado en la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, que regula el funcionamiento de los Ayuntamientos en España, sólo pueden presentar candidatura a la Alcaldía concejales o concejalas que encabecen sus correspondientes listas. Si alguno/a obtiene la mayoría absoluta de los votos del pleno (la mitad más uno de ediles, 9 en el caso de Carreño) se procederá a su proclamación como Alcaldesa o Alcalde. Si no se obtuviese dicha mayoría absoluta será Alcalde o Alcaldesa el candidato o la candidata que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos en las pasadas elecciones municipales. En Carreño el PSOE fue la lista más votada con 1824 votos por 1432 de IU, 795 de PP y 695 de SOMOS.